LA 'REGLA DEL 7' PARA EVITAR QUE TE PILLE UN RADAR MÓVIL

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El radar en la A-5 que multará por encima de los 70km/h comenzó el viernes 15 de Febrero. Todas las claves sobre los límites de velocidad en las carreteras convencionales y secundarias.

¿A QUÉ VELOCIDAD EVITAMOS QUE SALTE EL RADAR?

Pregunta que no hacemos todos los conductores que no quieren ser sancionados por los radares de la Dirección General de Tráfico.

La respuesta sería aplicar la conocida como regla del 7. Una cifra que no varía desde el año 2014, cuando la DGT instauró los márgenes de error en los radares.

Actualmente los radares móviles cuentan con un margen de 7 kilómetros, los dispositivos están configurados para detectar a los vehículos que superen en más de 7 km/h la velocidad en carreteras con un límite de 90 km/h.

Aplicando esta norma, en las carreteras cuyo límite de velocidad sea 50, el radar saltará a partir de los 57 km/h, igual para los 60 (a 67 km/h) y así sucesivamente.

En el caso de los radares fijos, el número se reduce en dos kilómetros por hora. La actual legislación establece que los dispositivos fijos cuenten con un límite de 5 km/h en velocidades inferiores a 90 km/h y en un 5% en mediciones superiores a dicha velocidad.

Los Automovilistas Europeos Asociados (AEA) han dado a conocer una sentencia por la cual la DGT podría tener que devolver íntegramente o reducir el importe de alrededor de un millón de multas.

¿El motivo? Que el importe de la infracción es superior a lo que debería porque Tráfico no habría aplicado la corrección.

¿CUÁLES SON LOS NUEVOS LÍMITES DE VELOCIDAD?

Bajo el lema 'Menos velocidad, más vidas en la carretera', la Dirección General de Tráfico (DGT) ha impulsado una nueva campaña de concienciación que entró en vigor el pasado 29 de enero. Estos son los nuevos límites de velocidad para circular por las carreteras españolas, según la DGT.

  • Turismos y motos pueden circular a un máximo de 120 km/h en autopistas y autovías; a 90 km/h en carreteras secundarias; a 90 km/h si disponen de separación entre ambos carriles y a 30 km/h en vías sin pavimentar. 
  • Autobuses y caravanas tienen el máximo en 90 km/h en autopistas y autovías; a 80 km/h en carreteras secundarias y a 30 km/h en vías sin pavimentar.
  • Camiones y furgonetas pueden circular a un máximo de 90 km/h en autopistas y autovías; a 80 km/h en carreteras convencionales y a 30 km/h en vías sin pavimentar.

Via: 20Minutos